| Escenarios XXI | Año I. Núm 7. Ene-Feb. 2011 |
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Trata y tráfico de personas en el continente Americano: Problemas con orígenes comunes que requieren de acciones estructurales.
Tomás Milton Muñoz Bravo*
Palabras clave: Trata y tráfico de personas, Estados Unidos, Centroamérica, Tratados, México, Sudamérica, América Latina, problemas estructurales. .
La trata y el tráfico de personas se han convertido en problemas intrínsecamente relacionados en el ámbito internacional que necesitan ser atajados desde sus raíces comunes. Numerosas bandas criminales operan hoy en día desde el Cono Sur sudamericano hasta la Unión Americana y Canadá, la mayoría de las veces, en complicidad con autoridades encargadas de evitar violaciones a los derechos humanos, con lo que además de generar millonarias ganancias, socaban y ponen en entre dicho la capacidad de los Estados para garantizar su seguridad y la de sus gobernados. El presente artículo pretende recalcar la necesidad de que los gobiernos, organismos no gubernamentales, agencias internacionales y centros de investigación se enfoquen en las causas estructurales que han permitido proliferar tanto la trata como el tráfico de personas en el continente americano.
Radiografía numérica de la trata y el tráfico de personas: Los datos sin rostros
De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el mundo hay al menos 12.3 millones de personas atrapadas en el trabajo forzoso, y sus víctimas más débiles son mujeres y niñas obligadas a prostituirse; inmigrantes que son cooptados en esquemas de servidumbre por deudas, y trabajadores retenidos en talleres o granjas en forma ilegal con escasa o ninguna compensación.
Del total de estas personas, «9.8 millones son explotadas por agentes privados, incluidas más de 2.4 millones sometidas al trabajo forzoso como resultado de la trata de seres humanos. Los 2.5 millones restantes son víctimas de trabajo forzoso impuesto por el Estado o por grupos insurgentes».[1]
Además, se calcula que 44 por ciento de las víctimas de trata son explotadas sexualmente, 32 por ciento laboralmente y un 25 por ciento son sujetos a los dos tipos de explotación. Y si bien es cierto que la población mundial sobrepasa los seis mil 749 millones de personas[2] y que los 12.3 millones sujetas a trabajo forzoso apenas si representan el 0.18 por ciento del total, el fenómeno de la explotación humana continúa creciendo y generando ganancias millonarias. Por ejemplo, sólo la trata de personas con la finalidad de trabajo forzoso genera beneficios para las bandas delictivas por alrededor de 32 mil millones de dólares anuales.[3]
Respecto al tráfico humano, se calcula que unas 800 mil personas son «contrabandeadas» a través de las fronteras internacionales cada año y que entre los individuos que forman parte de este flujo anual se encuentran desde refugiados políticos y personas que escapan de la violencia en sus países de origen, hasta migrantes económicos en busca de un mejor nivel de vida.[4]
Alrededor del mundo, las bandas del crimen organizado han aprovechado los vacíos legales, la corrupción de funcionarios y las carencias de millones de personas para lucrar con los sueños y las esperanzas de los más vulnerables, ya sea a través del tráfico de migrantes o por medio de la trata de personas.[5]
Otros factores que han influido para que las dos actividades sean delitos con un crecimiento notable en los últimos años son las «difíciles condiciones de vida en los países menos desarrollados, al endurecimiento de las políticas migratorias en los países industrializados y al hecho de que por mucho tiempo, estos fenómenos no fueron considerados como un problema estructural sino como una serie de episodios aislados».[6] Esta «desatención» sobre los factores que provocan la trata y el tráfico de personas también influyó en la tardía respuesta por parte de gobiernos y organismos internacionales para tipificar dichos delitos y recolectar bases de datos que permitieran entender la magnitud del problema.
La carencia de datos también impidió formular perfiles detallados sobre las víctimas de los dos delitos, sin embargo el trabajo de algunas agencias internacionales en conjunto con países de todos los continentes y los estudios de organizaciones no gubernamentales y de institutos de investigación han permitido reunir algunas estadísticas para desarrollar estrategias encaminadas a combatir los dos flagelos.
Entre estos esfuerzos se encuentran el Reporte Global sobre Tráfico de Personas, elaborado por la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito (UNODC, por sus siglas en inglés) y publicado en 2009, y el Reporte de Tráfico de Personas 2009, que es editado anualmente por el Departamento de Estado de Estados Unidos. A grandes rasgos, los dos trabajos reflejan una realidad innegable: la trata de personas y el tráfico son problemas de alcance global que afectan «virtualmente a cada país» del mundo, y que forman parte de un fenómeno común: la «esclavización» moderna basada en la «explotación de las personas, día, tras día, años, tras año».[7]
Y aunque los dos delitos han sido tipificados de manera diferente y existen protocolos internacionales para cada uno de ellos, la realidad indica que convergen, pues por momentos es difícil distinguir cuándo el tráfico de personas se convierte en trata de personas, lo que ha afectado de manera negativa las respuestas de los Estados y de la sociedad internacional para evitar y sancionar estos ilícitos.
Los vericuetos teóricos y legales al definir la trata y el tráfico de personas
Cuando se plantea la discusión de los problemas que generan el tráfico y la trata de personas, a nivel teórico siempre surge la discusión sobre si los dos hechos delictivos son uno sólo, sin son diferentes o si el primero puede dar pie al segundo. Prueba de lo anterior es el trabajo publicado en 2005 por la Comisión Mundial sobre las Migraciones Internacionales, que fue integrada por un grupo de 18 expertos convocado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para plantear soluciones en el contexto de las migraciones irregulares.
En el punto 36, la Comisión subrayó la distinción legal entre el «Tráfico Ilícito de Migrantes» y la «Trata de Seres Humanos» en el contexto de las migraciones irregulares:
En derecho internacional, «la Trata» se define como la contratación, el transporte, la transferencia, el hospedaje o la recepción de personas mediante amenazas, el uso de la fuerza u otras formas de coerción o engaño, con el fin de explotarlas. La «Trata de seres humanos» es independiente de la voluntad de la víctima y es una violación de los derechos humanos. Por su parte, el «Tráfico ilícito de migrantes» hace referencia a las transacciones consensuales en las que el transportista ilegal (en México también es conocido como «coyote» o «pollero») y el migrante acuerdan evitar los controles migratorios por razones mutuamente ventajosas. El tráfico ilegal de migrantes constituye una violación a las leyes nacionales de inmigraciones y cada vez más países la consideran como un delito grave.
En pocas palabras, el tráfico de migrantes se considera un delito en contra del Estado, mientras que la trata es un delito en contra de los derechos humanos, lo relevante es que ambos ilícitos socaban la soberanía de los Estados y también vulneran los derechos o se aprovechan de las necesidades de las víctimas; es decir que las bandas dedicadas a la trata y las redes de traficantes no les importa si se violentan los derechos de los Estados o de los ciudadanos, sólo se aprovechan de los vacíos de poder y los ocupan.
La Comisión Mundial sobre las Migraciones Internacionales reconoció este hecho y subrayó que podía haber convergencias entre el tráfico ilícito de migrantes y la trata de seres humanos, ya que no siempre puede realizarse una distinción clara entre ambos fenómenos pues: «la situación legal de un migrante y el nivel de explotación al que es sometido puede cambiar en el transcurso de un viaje».[8]
Otro ejemplo de la forma en que se hace una diferencia sobre los dos delitos, a pesar de reconocer sus interconexiones, es la legislación de Estados Unidos en el Acta de Protección a Víctimas de Tráfico y de Violencia del año 2000, que contempla una definición más abierta de lo que es el delito de «trata de personas».
La citada ley señala que «el tráfico de personas no está limitado a la industria sexual: Este creciente crimen transnacional incluye también el trabajo forzado e involucra significantes violaciones de trabajo, salud pública y derechos humanos… El tráfico también involucra violaciones a varias leyes, incluidos los códigos y las leyes laborales y de inmigración en contra del secuestro, la esclavitud, falso encarcelamiento, asalto, fraude y extorsión».[9]
A su vez, el Departamento de Estado norteamericano destaca en su reporte de 2008 que el tráfico de personas es una amenaza multidimensional, que «priva a gente de sus derechos humanos y sus libertades, incrementa los riesgos globales de salud y nutre el crecimiento del crimen organizado… El impacto del tráfico humano va más allá de las víctimas individuales, ya que mina la salud y la seguridad de todas las naciones involucradas».[10]
Sin embargo, es de vital importancia destacar que en Estados Unidos -y en los países de habla inglesa- la palabra Traffic, que se traduce en español literalmente como tráfico, se refiere a la trata de personas, mientras que el equivalente al tráfico de migrantes o contrabando de personas es conocido como smuggling human.
Las autoridades estadounidenses tipifican el smuggling human como «la importación de personas dentro de un país por medio de una evasión deliberada de las leyes de inmigración. Esta ofensa incluye traer extranjeros ilegales dentro del país, así como transportar y albergar extranjeros ilegalmente en el país».
El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés), que depende del Departamento de Seguridad Interna de Estados Unidos, reconoce que situaciones de contrabando de personas pueden involucrar asesinatos, violaciones y asaltos, pero añade que la perpetración de este crimen «no constituye por sí mismo human trafficking (trata de personas), porque los elementos de éste último siguen siendo el fraude y la coerción para el comercio sexual y el trabajo forzado».[11]
Desde el año 2000, las autoridades federales estadounidenses han reconocido la importancia de la vinculación de los dos ilícitos, y han dado un especial seguimiento a la trata de personas tanto al interior de sus fronteras como en el resto del mundo. A su vez, el Departamento de Estado, en el Trafficking in Persons Report 2009, señala como las mayores formas de trata de personas: el trabajo forzado, la mano de obra en condiciones de servidumbre, la cooptación de inmigrantes en esquemas de servidumbre por deudas, la servidumbre doméstica involuntaria, el trabajo infantil forzado, el reclutamiento de niños soldados, el tráfico sexual, el tráfico y abuso sexual de infantes.
Las diferencias y convergencias de los dos delitos en el ámbito internacional se acentúan sobre todo a raíz de la firma y ratificación de tres instrumentos para luchar contra la trata y el tráfico de personas: la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, adoptada el 15 de noviembre de 2000 y que entró en vigor en septiembre de 2003; el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños (vigente desde el 25 diciembre de 2003); y el Protocolo Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire (con vigencia a partir de 28 de enero de 2004).[12]
El primer Protocolo señala que se entenderá como trata de personas «la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos».[13]
El Protocolo contra la trata de personas, que ha sido ratificado hasta el momento por 132 países,[14] también incluye dos apartados para que además de sancionar y castigar el delito, los países signantes adopten las medidas necesarias para asistir y proteger a las víctimas, así como para prevenir el ilícito y promover la cooperación internacional sobre el tema.
Por su parte, el segundo Protocolo señala que por el tráfico ilícito de migrantes se entenderá la «facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado parte del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material», aunque se aclara en el Artículo 5 que los migrantes no estarán sujetos a enjuiciamiento penal, a menos de que formaran parte de la estructura de las bandas de traficantes.[15]
Es importante señalar que el segundo Protocolo considera que además de la cooperación internacional policial y judicial para detectar, prevenir y castigar el tráfico de migrantes, los Estados adheridos[16] deben procurar promover o reforzar, según proceda, los programas y la cooperación para el desarrollo en los planos nacional, regional e internacional, teniendo en cuenta las realidades socioeconómicas de la migración y prestando especial atención a las zonas económica y socialmente deprimidas, a fin de combatir las causas socioeconómicas fundamentales del tráfico ilícito de migrantes, como la pobreza y el subdesarrollo.
La firma y ratificación de los protocolos ha sido un gran paso para crear condiciones que eviten la comisión de los citados delitos, sin embargo, el enfoque debería centrarse aún más en la prevención de las causas estructurales de la trata y el tráfico de personas, ya que en el fondo, como se describirá más adelante en el caso de América, parten principalmente de la pobreza, el subdesarrollo y la corrupción.
Panorama general en el continente americano sobre la trata y tráfico de personas
En el continente americano, conformado por 35 Estados-nación, se ha reconocido mayoritariamente que la trata de personas y el tráfico de migrantes son flagelos que deben de ser combatidos, ya que mancillan los derechos humanos de las víctimas y las instituciones del Estado se ven en peligro y rebasadas por el crimen transnacional.
Y aunque las cifras sobre el número de víctimas afectadas por los dos delitos pueden variar o ser imprecisas,[17] en lo que se refiere a la trata de personas en América se estima, de acuerdo con un estudio de la Universidad Johns Hopkins, que cada año entre 700 mil y dos millones de personas son objeto de trata entre países de origen, tránsito y destino.[18]
El estudio permite identificar que la trata de personas no sólo se da a niveles internos y regionales en América, sino que también revela la existencia de redes capaces de traer a personas con fines de explotación sexual y laboral que son originarias de otros continentes.
Por citar sólo algunos ejemplos, se detectó que México, además de ser país de origen de víctimas de trata, sirve como tránsito y llegada de personas sujetas a explotación laboral y sexual provenientes de Sudamérica, el Caribe y Centroamérica. De la misma forma, se documentó que México es país de origen de víctimas sujetas a trata en Japón.
En algunos países del Cono Sur, como Argentina, Brasil, Bolivia, Venezuela, Uruguay y Paraguay, además de realizarse trata de personas a nivel regional, las redes de tratantes han expandido sus hilos hasta Europa para llevar principalmente a mujeres y niños con fines de explotación sexual.
Estados Unidos y Canadá tampoco están exentos de este delito, ya que se han convertido de manera específica en países receptores de víctimas de trata provenientes del resto de los países americanos, así como de otros continentes.
Respecto al tráfico de migrantes en el continente Americano, Estados Unidos -con su quebrado sistema de inmigración, con la aplicación de medidas restrictivas de carácter policial y militar, así como con su intrínseca necesidad de mano de obra-, todavía continúa siendo el principal foco de atracción para la migración documentada e indocumentada Sur- Norte en el continente, aunque también se observa que varios países americanos, además de ser expulsores de migrantes también se han convertido en naciones de tránsito y destino.
Al igual que con las estadísticas sobre trata de personas, en lo referente al tráfico de migrantes también es difícil contar con información completamente certera. Algunos de los datos disponibles destacan que hasta 2003 había contabilizadas en el continente americano unas 120 bandas dedicadas al tráfico de migrantes, pero de acuerdo con autoridades estadounidenses, tan sólo en la frontera México-Estados Unidos operaban hasta 2004 unos 400 grupos de «polleros» o «coyotes».[19]
Las ganancias obtenidas por grupos de traficantes de migrantes que operan en la frontera México-Estados Unidos se estiman en 10 mil millones de dólares anuales. Los migrantes mexicanos y centroamericanos pagan sumas que oscilan entre los 800 hasta los dos mil 500 dólares para llegar a la Unión Americana, mientras que personas originarias de naciones como Rusia y China llegan a pagar entre 30 mil y 50 mil dólares, de manera respectiva.[20]
La frontera entre estos dos países integrantes del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) se ha convertido en un caso emblemático en el continente americano; en especial, porque se calcula que cada año ingresan a Estados Unidos de manera indocumentada unas 500 mil personas de diferentes nacionalidades,[21] y buena parte de ellas lo hace proveniente de México, que además de ser un país expulsor ha adquirido la categoría de tránsito y destino de migrantes originarios sobre todo de Centroamérica.
La entrada masiva de migrantes indocumentados y el crecimiento de las organizaciones criminales dedicadas a la trata y al tráfico de personas[22] obligaron a las autoridades estadounidenses a adoptar, primero, el Acta de Protección a Víctimas de Tráfico y de Violencia de 2000 y, después, a ratificar los protocolos internacionales, con lo que también se generó un aliciente mayor por parte de los restantes 34 países del continente para admitir la gravedad de los dos delitos y adherirse a los instrumentos enmarcados en la Convención de Palermo.
En el continente americano se reconoce la necesidad de combatir el fenómeno de la explotación de seres humanos, ya sea por medio de la trata de personas o del tráfico de migrantes, sobre todo si se considera que la mayoría de los 35 países han ratificado los dos instrumentos internacionales en la materia, [23] aunque no todos han terminado por internalizar en sus leyes locales lo dispuesto en los protocolos contra la trata y el tráfico de personas, lo que dificulta su combate y prevención.
Por regiones, Canadá, Estados Unidos y México contaban hasta 2008 con leyes federales para combatir los dos delitos en todas sus formas, en el caso de los países de América Central y el Caribe: sólo República Dominicana, El Salvador, Guatemala y Nicaragua han implementado reformas a sus códigos penales para sancionar la trata de personas en los ámbitos de trabajo forzado y explotación sexual; Honduras y Panamá castigan la trata de personas con fines sexuales, mientras que Costa Rica criminaliza únicamente la trata de mujeres y niños con el propósito de explotación sexual y el tráfico de menores.[24]
En Sudamérica: Argentina, Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú tienen leyes para castigar todas o la mayor parte de las formas de trata de personas; Brasil cuenta con legislación específica para la trata con fines sexuales y laborales; Chile y Paraguay no incluyen castigos específicos por la trata de personas en sus legislaciones pero sí criminalizan la entrada ilegal a sus territorios con el propósito de prostituir a las víctimas; Colombia, Ecuador y Perú sancionan la mendicidad forzada como una de las formas de trata de personas; mientras que en Brasil se castiga la explotación sexual y la esclavitud.
El desafío de adoptar protocolos internacionales con éxito en las realidades nacionales: El caso de México
Uno de los mayores retos de los países americanos es intentar adoptar e internalizar los protocolos internacionales en sus leyes locales para cumplir con lo convenido en el exterior y garantizar los intereses locales. En lo que se refiere a los protocolos contra la trata y el tráfico de personas, uno de los objetivos primordiales es combatir los dos flagelos y castigar a los responsables, lo que ha sido una tarea con magros resultados hasta el momento.
En México, por ejemplo, entró en vigor en noviembre de 2007 la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, con la que además de castigar esa conducta ilícita, se busca proteger, asistir y atender a las víctimas.[25]
La citada ley especifica que comete el delito de trata de personas quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes.
Además, aplica sanciones a quien cometa el delito de trata de seis a doce años de prisión y de quinientos a mil quinientos días de multa (de 27 mil 400 a 82 mil 200 pesos mexicanos);[26] y de nueve a dieciocho años de prisión y de setecientos cincuenta a dos mil doscientos cincuenta días de salario mínimo de multa (de 41 mil 100 pesos a 123 mil 300 pesos),[27] si el delito es cometido en contra de una persona menor de dieciocho años de edad.
La Ley contempla disposiciones para castigar y prevenir el delito, así como para proteger y atender a las víctimas por medio de la creación de una Comisión Intersecretarial, conformada por dependencias de los ámbitos de justicia, salud, política interior y exterior, con la misión de conformar y poner en marcha un programa nacional para prevenir y sancionar la trata de personas.[28]
En el papel, la internalización en las leyes mexicanas de lo dispuesto en el Protocolo internacional contra la trata de personas se ha realizado, pero a pesar de la publicación de la Ley y de su reglamento respectivo, el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas está detenido debido a que no se ha instalado la Comisión encargada de su elaboración y se carece de una partida presupuestal específica, por lo que se espera que sea hasta el presente año, 2011, que empiece a funcionar.[29]
En la esfera de procuración de justicia, el gobierno mexicano creó la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA) y a través de esta instancia dependiente de la Procuraduría General de la República se han iniciado sólo 24 averiguaciones por ese delito, de las cuales únicamente dos han sido consignadas desde el año 2008, cuando entró en vigor la Ley en la materia. Entre las víctimas se encuentran mujeres mexicanas y extranjeras, procedentes principalmente de El Salvador, Corea, Argentina, China, Honduras, Perú y Guatemala.[30]
Otro problema grave al que se ha enfrentado el gobierno mexicano es a la corrupción de funcionarios públicos encargados de velar por el respeto de las leyes migratorias y de los derechos humanos de los migrantes y de las víctimas de la trata de personas.
Elementos del Instituto Nacional de Migración (INM),[31] de la Policía Federal, de autoridades estatales y municipales, por mencionar sólo algunos, han sido expuestos ante la opinión pública por su relación con bandas del crimen organizado dedicadas tanto a la trata como al tráfico de migrantes.[32]
Mención específica merece el asesinato a mansalva en agosto de 2010 de 72 migrantes sin documentos, procedentes de Centroamérica y de Sudamérica, en una finca de Tamaulipas, hecho atroz que revela de nueva cuenta la convergencia tanto del tráfico de personas (con los polleros que los trasladaron desde sus países de origen hasta México) como el de la trata de personas (las investigaciones preliminares apuntan a que una célula de narcotraficantes secuestro al grupo de inmigrantes para extorsionarlos).
Situaciones en las que convergen los dos delitos se dan en diferentes niveles en todo el continente americano, sin importar si el país cuenta con un desarrollo institucional, social y económico consolidado (casos Canadá y Estados Unidos) o si son países emergentes o si carecen de los mínimos requerimientos para lidiar incluso con sus problemas de gobernabilidad.
El enfoque para combatir y prevenir los dos delitos no puede sólo basarse en la adopción de protocolos internacionales de carácter punitivo. En el caso de América se observa un interés generalizado por combatir y castigar el tráfico y la trata, no obstante las estadísticas que a continuación se muestran (Tabla 1) permiten destacar que, a pesar de los tratados internacionales firmados y del intento por internalizar las disposiciones en leyes locales, el número de procesos judiciales en contra de bandas e individuos no corresponden al número de personas que son víctimas de la explotación.

Tabla 1. Acciones judiciales llevadas a cabo por países americanos para castigar la trata de personas en sus diferentes formas. (No se contabilizan los datos de Estados Unidos). Fuente: Departamento de Estado. Trafficking in Persons Report 2008 y 2009.
Estados Unidos, que como se ha comentado es el foco de atracción migratoria Sur-Norte del continente, reportó que en el año fiscal de 2007, la Oficina del Procurador General inició 182 investigaciones relacionadas con trata de personas, presentó cargos contra 89 individuos y logró 103 condenas, mientras que en 2008 inició 183 investigaciones, presentó cargos contra 82 individuos y obtuvo 72 sentencias en 40 casos de tráfico de personas (13 por trabajo forzado y 27 por tráfico sexual).
Las cifras, reitero, no reflejan el volumen total de los casos de trata de personas o tráfico que se registran en Estados Unidos,[33] ni en el resto del continente, lo que permite regresar al argumento inicial de este trabajo: más allá de la tipificación de los dos delitos, su combate y atención debe enfocarse principalmente en las causas estructurales que los alimentan.
Factores que alimentan en el continente americano el tráfico y la trata de personas
Los países que integran al continente americano se encuentran cada vez más inmersos en una tendencia interdependiente –en muchos casos asimétrica- en materia económica, en comunicaciones, en servicios financieros, en transferencia de bienes y servicios, etcétera. Prueba de lo anterior es la existencia de bloques de integración que presentan diferentes niveles y los más destacados son el TLCAN, el Sistema de Integración Centroamericana (SICA), el Mercado Común del Sur (Mercosur), la Comunidad Andina de Naciones (CAN) y la Unión de Naciones del Sur (UNASUR).
A pesar de esta tendencia de integración principalmente económica en el continente, el libre tránsito internacional de personas no ha recibido la misma atención como parte de este proceso. Salvo los casos de Centroamérica (en específico El Salvador, Honduras, Guatemala y Nicaragua) y del Mercosur, en los que se han dado pasos concretos tendientes para lograr la libre circulación de personas con la eliminación de pasaportes para los ciudadanos pertenecientes a países de los respectivos bloques o la firma de acuerdos para propiciar la libre circularidad de personas, la tendencia de las naciones en América a restringir los flujos migratorios se ha acentuado sobre todo a raíz de los atentados del 11 de septiembre de 2001, momento en el que la migración se encasilló en la esfera de la seguridad restringida; es decir, desde un punto de vista eminentemente militar y de protección de fronteras.[34]
La integración económica en las diferentes regiones del continente ha dinamizado el intercambio de bienes y servicios, pero también el flujo de migrantes que en su búsqueda por obtener mejores ingresos y oportunidades de vida, y ante los bajos salarios o escasas oportunidades de desarrollo en sus países de origen, siguen la misma ruta comercial, de Sur a Norte y en menor medida la ruta Sur-Sur.
La mayoría de los Estados-nación de América Latina y el Caribe, aún no han logrado vincular del todo el crecimiento del intercambio comercial con el desarrollo de su población, lo que alimenta los flujos migratorios entre países, entre regiones y en el continente. Las desigualdades económicas que aún prevalecen en Latinoamérica y el Caribe y la pobreza de una parte considerable de su población fungen como caldo de cultivo para que desde el Cono Sur, pasando por las islas caribeñas y concluyendo con México, millones de personas salgan de sus países de origen con rumbo a países que les ofrecen mejores condiciones económicas, por lo que recurren a los servicios de traficantes para sortear las fronteras y con ello se convierten en potenciales víctimas de tratantes.
De acuerdo con estadísticas difundidas por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), hasta el año 2007 la incidencia de la pobreza en la región alcanzó 34.1 por ciento de la población, lo que representó el equivalente a 184 millones de personas.[35]
Y aunque en 2007 la pobreza[36] en la región se redujo en 2.2 porcentuales en comparación con el año anterior, la crisis financiera y económica global ha golpeado en 2008 y 2009 al empleo, a la generación de nuevos puestos laborales, a los precios de los productos de la canasta básica, a la llegada de remesas y a la vida en general de la población, con lo que se prevé de un aumento en los índices de la pobreza en América Latina y el Caribe.
En lo que se refiere a la desigualdad distributiva, la CEPAL reiteró en su informe de 2008 que «la región es la más desigual del mundo», ya que el ingreso medio por personas de los hogares ubicados en el décimo «decil» supera alrededor de 17 veces más al del 40 por ciento de los hogares más pobres.[37]
A la desigualdad distributiva se suma la falta de acceso a empleos de calidad y bien remunerados,[38] factores que al juntarse se convierten en determinantes «de la pobreza y de las desigualdades sociales que se reproducen a lo largo del tiempo y que se reflejan en la elevada y persistente concentración del ingreso en la región».[39]
La pobreza, la desigualdad distributiva, el desempleo y los bajos salarios continúan como los principales detonadores del proceso migratorio[40] en el continente, que aunados a las políticas migratorias restrictivas y la ruptura que enfrenta Estados Unidos en su sistema migratorio (que obstaculiza el tránsito de personas y el flujo de migrantes laborales de forma legal), permiten el incremento de la inmigración indocumentada, de los grupos dedicados al tráfico de migrantes y en determinado punto de la trata de personas.
Otro factor estructural que permite la convergencia de los dos delitos en América y en el resto de los continentes es la corrupción endémica, en mayor o menor medida, de los cuerpos policiales y de funcionarios públicos encargados de evitar el tráfico y la trata de personas. Es de destacar que en todos los países del continente hay policías y funcionarios públicos, como lo documentan medios de información, organizaciones no gubernamentales y reportes de la ONU y de Estados Unidos, que están coludidos con las bandas de delictivas, por lo que la adopción de protocolos internacionales o de leyes nacionales dirigidas a combatir delitos de este tipo resultan de poca ayuda cuando las propias instituciones encargadas de vigilar el orden e impartir justicia están infiltradas por el crimen organizado.
Además, cabe recordar que buena parte de los países de Sudamérica, Centroamérica y el Caribe y México, se han convertido en lugares de expulsión, tránsito y destino de migrantes, con lo que el problema de la explotación, trata y tráfico de personas aumenta la complejidad para atender estos delitos que, repito, se nutren de los mismos factores estructurales, y han adquirido la categoría de transnacionales por la forma en que operan las bandas y grupos criminales.
En resumen, se puede identificar que la inmigración indocumentada, la políticas migratorias restrictivas, la existencia de mercados clandestinos que se amamantan de la explotación de seres humanos de forma laboral, comercial o sexual, la incapacidad o corrupción de las autoridades ante dichos fenómenos, y el estado de vulnerabilidad de los migrantes sin papeles, de trabajadores, mujeres y de niños, son factores estructurales que han permitido el crecimiento del tráfico de inmigrantes y la trata de personas, así como la consolidación de grupos delictivos transnacionales.
Consideraciones finales
Los migrantes indocumentados son víctimas potenciales de bandas de traficantes, mismas que en cualquier momento pueden engancharlos para laborar con patrones que los mantienen en condiciones deplorables o sin pago, pues se aprovechan del estatus legal en que se encuentran los trabajadores extranjeros sin papeles. Esta situación engloba los dos delitos (tráfico y trata de personas), mismos que son provocados por factores estructurales como la pobreza y la corrupción.
En el plano jurídico internacional se ha decidido diferenciar el tráfico de inmigrantes de la trata de personas. Los grupos de especialistas que elaboraron los protocolos en la materia consideraron que era preferible tener definiciones específicas para atender de mejor forma las dos problemáticas; sin embargo, considero que más allá de purismos conceptuales o semánticos, es más importante atender y erradicar las consecuencias estructurales en la región que facilitan la explotación de las personas.
El tráfico y trata de personas deben entenderse como una problemática transnacional que para su combate requiere, en primer lugar, del reconocimiento de la convergencia de los dos delitos y, en segundo término, atender las causas estructurales que generan estos flagelos tanto a los individuos, como a las sociedades y a los Estados de manera local, bilateral, multilateral e interinstitucional.
La internalización de los acuerdos y protocolos internacionales es un punto a trabajar, pero al mismo tiempo hay que crear condiciones económicas, sociales y políticas para que la migración Sur-Norte y Sur-Sur en el continente sea un acto de voluntad y no una necesidad.
El reto es difícil ante la política migratoria dura adoptada durante décadas por Estados Unidos y por otros países de la región, así como por la dificultad de trabajar de manera bilateral y multilateral sin ceder soberanía en un tema tan ríspido como lo suele ser la migración internacional, no obstante los países del continente americano pueden crear mecanismos y políticas públicas enfocadas a la atención de los flujos migratorios indocumentados desde una perspectiva que vaya más allá de soluciones policiales o militares y que contemple el respeto a los derechos humanos.
Un ejemplo de lo anterior es dejar de criminalizar a los indocumentados que en su búsqueda por mejores oportunidades de vida han optado por dejar sus lugares de origen y se internan en terceros países en su trayecto hacia Estados Unidos u otro país.[41] Lo anterior disminuiría el «atractivo» que despiertan los grupos criminales entre los indocumentados para «usar sus servicios» y así llegar a su destino final.
Por otro lado, y aunque parezca una obviedad, es vital que los países de la región americana se fijen metas a mediano y largo plazo que permitan crear las condiciones de vida dignas requeridas por sus habitantes para disminuir y darles gobernabilidad a los ya tradicionales flujos migratorios de Sur a Norte, y un primer inicio es cumplir con la mayor parte de los llamados objetivos de Desarrollo del Milenio[42] a pesar de lo fuerte que ha sido la crisis financiera y económica global en los últimos dos años.
De antemano, se sabe que es difícil de alcanzar condiciones de vida digna (empleo, salud, educación, vivienda) ante los problemas internos que vive cada país de la zona y debido, entre otros factores, a las constantes crisis económicas en la región, pero hay que atreverse a diseñar políticas públicas que permitan avanzar en esa dirección.
En lo que respecta a erradicar la corrupción institucional, que impide el combate de los delitos de la trata de personas y tráfico de inmigrantes en América, el reto puede tomar décadas y sólo la colaboración entre Estados bajo el auspicio de organismos multilaterales y de la sociedad civil puede arrojar resultados en el futuro cercano.
Punto aparte merece Estados Unidos, que hasta el año 2005 era hogar de 38.4 millones de inmigrantes internacionales, pues se ha convertido en el centro de atracción por antonomasia de flujos migratorios provenientes en su mayoría de países en vías de desarrollo, y en específico de la región latinoamericana.[43]
De acuerdo con cifras del Pew Hispanic Center, hasta el año 2008 se encontraban en territorio estadounidense unos 12 millones de indocumentados, de los cuales 7 millones (59 por ciento) eran provenientes de México y 2 millones 575 mil de otros países de Latinoamérica: es decir, un 81 por ciento de los inmigrantes sin documentos en Estados Unidos eran procedentes de países del continente americano.[44]
El hecho de que Estados Unidos sea un foco de atracción regional para los migrantes indocumentados provenientes de México, Centro América, El Caribe y Sudamérica, obligan a la actual administración del presidente Barack Obama a usar todos sus oficios para lograr una reforma al sistema migratorio estadounidense que incluya la regularización de los inmigrantes sin documentos y permita la entrada a trabajadores calificados y no calificados de manera ordenada.
Como corolario y sin ánimos de crear un decálogo puntual, expongo de manera breve otras acciones que podrían ser tomadas en cuenta para atacar el tráfico y la trata de personas, y con ello evitar miles de personas sigan siendo víctimas de las bandas delictivas y de las circunstancias adversas que propician su explotación:
- Trabajar para lograr la gobernanza migratoria en el continente, que consiste en sumar las distintas maneras en que los individuos, las instituciones, públicas y privadas y los gobiernos gestionan sus asuntos comunes en materia migratoria para adecuar los intereses opuestos o diferentes y así tomar acciones en colaboración.
- Apoyar la realización de investigaciones de carácter académico que permitan contar con información más precisa sobre el volumen de la trata y tráfico de personas, así como de los principales lugares en los que se presentan estos delitos.
- Capacitar con ayuda de organismos internacionales al personal de los diferentes niveles de gobierno de los Estados americanos, así como a los cuerpos policiales y de atención, en materia de trata de personas y respeto a los derechos humanos de los migrantes.
- Fortalecer la cooperación entre autoridades policiales de los países del área y mejorar el intercambio de información para atacar a las organizaciones criminales que se nutren de la trata y tráfico de personas, pero partiendo de que se debe «limpiar» a las corporaciones de los elementos coludidos con las mafias y tener bases de datos que permitan ubicar a los funcionarios públicos que sean cesados de sus funciones. - Trabajar en conjunto con organizaciones civiles que trabajan temas de derechos humanos, trata de personas y atención a migrantes.
- Sensibilizar a la población de cada Estado sobre las características y consecuencias de la trata de personas y el tráfico de inmigrantes por medio de campañas informativas. - Adoptar acciones para proteger y atender a las personas que son víctimas de los citados delitos en materia legal, de salud y psicológica. En el caso de los países con menores recursos el apoyo internacional es vital para lograr este objetivo. Si bien es cierto que algunas de estas acciones han sido llevadas a cabo de manera separada por varios de los Estados en el continente, es la suma de los esfuerzos en materia social, económica, política, de atención y de cooperación policial, la que permitirá prevenir, combatir y castigar de manera más eficiente un doble delito transnacional con raíces estructurales comunes.
- Adoptar acciones para proteger y atender a las personas que son víctimas de los citados delitos en materia legal, de salud y psicológica. En el caso de los países con menores recursos el apoyo internacional es vital para lograr este objetivo.
Si bien es cierto que algunas de estas acciones han sido llevadas a cabo de manera separada por varios de los Estados en el continente, es la suma de los esfuerzos en materia social, económica, política, de atención y de cooperación policial, la que permitirá prevenir, combatir y castigar de manera más eficiente un doble delito transnacional con raíces estructurales comunes.
[*] Maestro en Estudios en Relaciones Internacionales por la UNAM. Realiza estudios de doctorado en la misma área y la Maestría en Políticas de Migraciones Internacionales en la UBA. Profesor adscrito al Centro de Relaciones Internacionales de la FCPyS-UNAM.
[1] Organización Internacional del Trabajo (OIT), Erradicar el Trabajo Forzoso, OIT, Ginebra, Suiza, 2007, p. 1.
[2] Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFAP), Estado de la Población Mundial 2008. Ámbitos de Convergencia: Cultura, Género y Derechos Humanos, UNFAP, Nueva York, 2008, p. 90.
[3] Organización Internacional del Trabajo, “Foro de Viena para Combatir la Trata de Personas”, febrero de 2008, en http://www.ilo.org/global/About_the_ILO/Media_and_public_information/Feature_stories/lang-- es/WCMS_090355/index.htm.
[4] Jacqueline Bhabha, “Trafficking, Smuggling, and Human Rights”, en Migration Information Source, Migration Policy Institute-Harvard University, marzo 2005, p. 1.
[5] Se estima que 56 por ciento de todas las víctimas de trabajos forzados son mujeres y niñas (Departamento de Estado, op. cit., p. 8), y que 79 por ciento de las víctimas de trata de personas son mujeres, de las cuales 13 por ciento son niñas (Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito, Global Report on Trafficking in Persons, UNDOC, Viena, 2009. p.11).
[6] Elementos destacados por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, en http://www.acnur.org/index.php?id_pag=2038, página consultada el 10 de septiembre de 2009.
[7] El Reporte Global sobre Tráfico de Personas compara al tráfico de personas con la esclavitud en la página 6, mientras que el Reporte de Tráfico de Personas 2009 lo hace por vez primera desde la página 3.
[8] Comisión Mundial Sobre las Migraciones. Las Migraciones en un Mundo Interdependiente: Nuevas Orientaciones para Actuar. Informe de la Comisión Mundial Sobre las Migraciones Internacionales, Suiza, SRO-Kunding, 2005, p. 41.
[9] Victims of Trafficking and Violence Protection Act of 2000, en Compilación Semanal de Documentos Presidenciales de Estados Unidos, vol. 36, 2000, pp. 4 y 5.
[10] Departamento de Estado, Trafficking in Persons Report, Departamento de Estado, Washington, 2008, p. 5.
[11] Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), “Human Trafficking and Human Smuggling”, en http://www.ice.gov/pi/investigations/publicsafety/humantrafficking.htm, consultado el 2 de septiembre de 2009.
[12] La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional es también conocida como la Convención de Palermo, y por medio de ella se adoptaron tres instrumentos: Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños; Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire; y el Protocolo contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones.
[13] Organización de las Naciones Unidas, United Nations Convention Against Transnational Organized Crime and the Protocols Thereto, Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, Nueva York, 2004, p. 42.
[14] Aunque 132 países han ratificado el Protocolo, no todos han internalizado en sus leyes locales lo estipulado en el documento de la ONU. Ver tabla sobre el estatus de la firma y ratificación del estatus del Protocolo en la dirección http://treaties.un.org/Pages/ViewDetails.aspx?src=IND&mtdsg_no=XVIII- 12-a&chapter=18&lang=en, consultada 12 de septiembre de 2009.
[15] Organización de las Naciones Unidas, op. cit. (2004), pp. 54 y 55.
[16] De acuerdo con la página de la Colección de Tratados de la Organización de las Naciones Unidas, el Protocolo ha sido ratificado hasta septiembre de 2009 por 120 países. Ver http://treaties.un.org/Pages/ViewDetails.aspx?src=IND&mtdsg_no=XVIII-12-b&chapter=18&lang=en.
[17] Al ser actividades ilícitas tanto la trata como el tráfico, la recolección de los datos y la formación de estadísticas confiables se ven truncadas o se desarrollan parcialmente.
[18] The Protection Project de la Universidad Johns Hopkins, Trafficking in Persons, Especially Women and Children in the Countries of the Americas, Escuela de Estudios Internacionales Avanzados de la Universidad Johns Hopkins, Maryland, Estados Unidos, 2002, p. 11.
[19] Nancy Janett García Vázquez (et al.), “Los polleros y las redes de tráfico de inmigrantes en América Latina”, en Confines, vol. 3, núm. 5, Departamento de Relaciones Internacionales y Ciencia Política del Tecnológico de Estudios Superiores Monterrey, México, enero-mayo 2007, p.102.
[20] Susana Núñez Palacios y Gonzalo Carrasco González, “Tráfico de Migrantes Indocumentados en la Frontera México-Estados Unidos”, en Alegatos, núm. 61, Departamento de Derecho de la Universidad Autónoma Metropolitana Unidad Azcapotzalco, México, septiembre-diciembre 2005, pp. 636 y 638.
[21] Passel, Jeffrey S. Estimates of the Size and Characteristics of the Undocumented Population. Pew Hispanic Center, Washington, 2005, p. i.
[22] De acuerdo con el secretario de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados de México, Edmundo Ramírez Martínez, la mayor parte de las bandas de traficantes de indocumentados operan desde Estados Unidos, y son encabezadas por estadounidenses, algunos con la protección de autoridades. Ver cable de la agencia EFE, “Operan desde Estados Unidos las principales bandas de polleros”, 13 de mayo de 2007.
[23] A saber, Protocolo Contra Trata de Personas y el Protocolo Contra el Tráfico de Migrantes. Sírvase consultar la Colección de Tratados de la Organización de las Naciones Unidas para información detallada.
[24] Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito, Op. Cit., pp. 30 y 31.
[25] Ley para Prevenir y Sancionar la Trata De Personas, Diario Oficial de la Federación, México, 27 de noviembre de 2007, pp.2 y 3.
[26] El cálculo se hace con base a lo establecido por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, que en septiembre de 2009 ubicó el salario mínimo diario para el Área Geográfica A en 54 pesos con 80 centavos Si el dato se traduce a dólares se hablaría de dos mil 66 dólares a seis mil 197 dólares estadunidenses, con un tipo de cambio de 13.64 pesos mexicanos por dólar.
[27] De tres mil 98.61 dólares a nueve mil 295.83 dólares.
[28] En la Comisión Intersecretarial deberían participar los titulares de las siguientes dependencias: Gobernación, Comunicaciones y Transportes, Relaciones Exteriores, Seguridad Pública, del Trabajo y Previsión Social, Salud, Desarrollo Social, Educación Pública, de Turismo y de la Procuraduría General de la República. Asimismo, tendrán participación los titulares del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, el Instituto Nacional de las Mujeres, el Instituto Nacional de Migración, el Instituto Nacional de Ciencias Penales y el Consejo Nacional de Población.
[29] Cabe mencionar que el tráfico de migrantes es sancionado a parte de la trata de personas. La reciente reforma a la Ley General de Población mexicana dejó de considerar a los migrantes sin documentos como criminales sujetos a cárcel y en cambio subió las multas y castigos corpóreos a los polleros, coyotes o traficantes de indocumentados. Ver Ley General de Población, publicada por el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2009, p. 20.
[30] Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y Centro de Estudios e Investigación en Desarrollo y Asistencia Social (CEIDAS), Primer Diagnóstico de las Condiciones de Vulnerabilidad que Propician la Trata de Personas en México, CNDH-CEIDAS, México, 2009, p. 12.
[31] En lo que va de 2009 se han registrado varios casos de tráfico y trata de personas, en especial de cubanos, en los que han sido señalados funcionarios del INM como partícipes de los delitos en los estados de Quintana Roo y Yucatán.
[32] Una nueva modalidad detectada en México del crimen organizado es el secuestro de migrantes por los que se pide rescate a sus familiares para ser liberados. Ver Comisión Nacional de Derechos Humanos, Informe Especial de La Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre los Casos de Secuestro en Contra de Migrantes, CNDH, México, 2009.
[33] Autoridades estadounidenses reconocen que entre 20 mil y 50 mil personas son ingresadas cada año a Estados Unidos con fines de explotación laboral, comercial y sexual. Ver Acta de Protección a Víctimas de Tráfico y de Violencia 2000 y Reporte de Tráfico de Personas 2008.
[34] En diferentes foros se ha conminado a los Estados-nación para que reformulen el concepto de seguridad y lo amplíen a temas como los derechos humanos y a nuevos riesgos, entre ellos las crisis alimentarias, la pobreza, el debilitamiento de la democracia, el aumento de la violencia urbana, el crimen transnacional, etcétera. Ver Francisco Rojas Aravena, “Seguridad Humana: Concepto Emergente de la Seguridad en el Siglo XXI”, en Francisco Rojas Aravena y Moufida Goucha (editores), Seguridad Humana, Prevención de Conflictos y Paz, UNESCO-FLACSO, Santiago de Chile, 2002.
[35] Comisión Económica para América Latina y el Caribe, Panorama Social de América Latina 2008, CEPAL, Santiago de Chile, 2008, p. 15.
[36] La CEPAL clasifica como pobre a una persona cuando el ingreso por habitante de su hogar es inferior al valor de la «línea de pobreza» o monto mínimo necesario que le permitiría satisfacer sus necesidades esenciales.
[37] El «decil» es una estadística descriptiva que divide la distribución en 10 partes. El escritor mexicano Gabriel Zaid explica de manera más digerible el concepto aplicado para medir la desigualdad de los ingresos de las personas de la siguiente forma: Cuando se dice que el decil superior de los hogares gana treinta veces más que el inferior, se supone que se ha hecho una encuesta en una muestra representativa de todos los hogares preguntándoles por sus ingresos; que luego se han ordenado todos de menor a mayor, y que el 10 por ciento de los hogares con mayores ingresos gana treinta veces más que el 10 por ciento de menores ingresos. Ver. Artículo “Decil”, en Letras Libres, diciembre de 2001, http://www.letraslibres.com/index.php?art=6891. [38] En 2006 se estimaba que la tasa de desempleo en la región era de 8.6 por ciento y que el ingreso per cápita por habitante en América Latina era de cuatro mil 754 dólares (CEPAL, Op. Cit., p. 223).
[39] Ibídem, p. 24.
[40] Otros factores que pueden influir en los movimientos migratorios son: políticas migratorias enfocadas a atraer migrantes, el mercado dual de trabajo motivado por las economías desarrolladas con necesidad de mano de obra, la existencia de redes que incrementan la probabilidad del traslado internacional, al existencia de una cultura de la migración en las comunidades y países expulsores, así como los conflictos sociales y políticos, y los desastres naturales. Ver Douglas S. Massey, et al., “Teorías sobre la Migración Internacional: Una Reseña y una Evolución”, en Revista Trabajo, año 2, núm. 3, Centro de Análisis del Trabajo AC-UAM-UNAM-Plaza y Valdés, Enero-Junio, 2002.
[41] En México fue reformada en 2008 la Ley General de Población para derogar artículos que penaban a extranjeros que hubieran entrado al país de manera ilegal o que realizaran actividades diferentes a las estipuladas en su permiso de internación. [42] En septiembre de 2000, los líderes de 189 países se comprometieron de manera conjunta en el seno de la ONU para lograr ocho objetivos en 2015: erradicar la pobreza extrema y el hambre, lograr la enseñanza primaria universal, promover la igualdad entre los géneros, reducir la mortalidad infantil, mejorar la salud materna, combatir el VIH, el SIDA, el paludismo y otras enfermedades, garantizar la sostenibilidad del medio ambiente y fomentar una asociación mundial para el desarrollo.
[43] Informe del Secretario General de la ONU “Seguimiento de la población mundial, con especial referencia a la migración internacional y el desarrollo”, Consejo Económico y Social de la ONU, 25 de enero de 2006, p. 6.
[44] Jeffrey S. Passel, op. cit., p. 31.

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